Típico que llevas varias horas luchando contra el tráfico en las avenidas de la capital chilanga y te das cuenta que varios automóviles te rebasan “hechos la mocha”… ¡por el carril exclusivo del Metrobús! Tal vez te has preguntado ¿Qué tanto es tantito?, pero, detente, y antes de que te gane el impulso, conoce de cuánto es la multa por invadir la vía confinada.
El Metrobús es uno de los transportes públicos más utilizados en la CDMX, por lo que invadir el carril exclusivo te meterá en varios problemas no sólo con policías de Tránsito, sino con las chilangas y chilangos que viajan a bordo del gusano rojo, si por tu culpa se retrasa su viaje.
De acuerdo con el artículo 11, fracción X, del Reglamento de Tránsito de la CDMX, invadir el carril exclusivo del Metrobús es considerado una infracción. Sin embargo, las multas para los conductores dependen del tipo de bloqueo que generen.
El Artículo 11 del Reglamento de Tránsito de la Ciudad de México dice claramente a los conductores de todo tipo de vehículos que en las vías con carriles exclusivos de transporte público, como el Metrobús, está prohibido:
- 1. Circular sobre los carriles exclusivos para el transporte público en el sentido de la vía o en contraflujo. Para los vehículos que tengan permiso de circulación, deberán hacerlo con los faros delanteros encendidos y contar con una señal luminosa de color ámbar.
- 2. Realizar maniobras de ascenso y descenso de personas o maniobras de carga y descarga de mercancías. Esto debes hacerlo sólo en calles locales transversales.
- 3. Estacionarse o efectuar reparaciones a vehículos, en caso de contingencia o emergencia, de forma inmediata se debe retirar el vehículo a un lugar distinto donde no obstruya la circulación.
- 4. Interferir los carriles exclusivos de transporte público al dar vuelta a la izquierda, derecha o en “U”.
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¿De cuánto es la multa por meterse al carril exclusivo del Metrobús?
De acuerdo con el Reglamento de Tránsito, los conductores que cometan las faltas descritas en los puntos 2 y 3, sobre realizar maniobras de ascenso y descenso o estacionarse en el carril confinado, serán sancionados con una multa equivalente a 20, 25 o 30 veces la Unidad de Medida y Actualización vigente y tres puntos a la licencia para conducir.
Si la infracción es captada a través de sistemas tecnológicos se sancionará con un punto a la matrícula vehicular.
En caso de circular por el carril o dar vueltas prohibidas, la sanción aumenta y es una multa equivalente a 40, 50 o 60 veces la Unidad de Medida y Actualización vigente, además de seis puntos a la licencia para conducir. En caso de infracciones captadas a través de sistemas tecnológicos se sancionará con un punto a la matrícula vehicular, advierte el Reglamento de Tránsito.
De este modo, si invades el carril del Metrobús podrías pagar una multa que va de los 4 mil 149 pesos a 6 mil 224 pesos.
Con información de Chilango
bvp